La resolución del Ministerio de Vivienda y Hábitat, publicada en la Gaceta Oficial N°39.719, del martes 19 de julio de 2011, incluye una precisión referida a la distribución de un porcentaje de la cartera hipotecaria para que la clase media tenga acceso a créditos para compra de vivienda principal.
De esta manera, se devela la incertidumbre de la banca y del sector de la población que percibe más de 7 mil bolívares de ingreso mensual, que no tenía claro cómo podía acceder al financiamiento para compra de casa, dado que en la resolución del Ministerio de Vivienda y Hábitat, del 11 de mayo pasado, no se incluyó esta precisión, y sólo ordenaba a la banca la obligatoriedad de otorgar préstamos hipotecarios a grupos familiares con ingresos hasta cinco salarios mínimos (Bs 7.035).
La nueva resolución deroga la anterior del mes de mayo; y aunque ratifica que la cartera hipotecaria obligatoria, queda en 12%, especifica que del 40% de la cartera bruta obligaroria que se destinará para financiar la compra de inmuebles, 20% deberá ser dirigido a familias con ingresos mayores a cuatro salarios mínimos (Bs 5.628). De manera, que a partir de este ingreso en adelante se podrá solicitar el financiamiento.
La Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat (Ley de Vivienda) y la Ley Especial del Deudor Hipotecario, ambos instrumentos sancionados en 2005, prevén que se otorgarán préstamos hipotecarios hasta un ingreso de 23 mil bolívares.
La nueva resolución del despacho de vivienda corrige la distribución de la gaveta. La proporción queda de la siguiente manera: del 12% total, 50% será para proyectos de construcción; 40% para adquisición de vivienda principal; 10% para ampliación y reparaciones de casa principal y para la autoconstrucción.
El 2% restante de la cartera bruta total (12%), es para proyectos de constructrucción que deberán ser evaluados y aprobados por el Órgano Superior de Vivienda, ente rector que deberá (según todas las normativas anteriores aprobadas este año), supervisar y coordinar todas las políticas en materia habitacional.
Subsidio
En la misma Gaceta Oficial (39.716) , del 19 de julio, en otra resolución del Ministerio de Vivienda y Hábitat, se fija el nuevo tope para el otorgamiento del subsidio directo para la compra de casa, a familias con ingresos bajos, en este caso con ingreso menor a cuatro salarios mínimos (Bs.5.628).
El nuevo tope para otorgar la ayuda gubernamental, pone como primera condición que el costo de la casa no supere los 270 mil bolívares. Anteriormente se subsidiaba una unidad habitacional cuyo costo estaba en alrededor de 100 mil bolívares.
La medida precisa también los diferentes estratos por ingresos para otorgar el subsidio. Por ejemplo, las familias que perciban un salario mínimo (Bs.1.404), recibirán 100% de la ayuda. Se subsidiará hasta cuatro salarios mínimos.
La medida también establece distinciones en el porcentaje para cuota inicial de los créditos hipotecarios. EL MUNDO