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Manual para crear un proyecto comunal

29 octubre, 2012

PROYECTO COMUNITARIO

Objetivo Terminal:

Formular un proyecto comunitario aplicando la metodología prevista para tal fin.

Objetivos Específicos:

  • Convertir un problema o necesidad comunitaria en proyecto comunitario.
  • Determinar las diferentes etapas de un proyecto comunitario.
  • Definir una metodología comprensible y sencilla de posible aplicación por los miembros del Consejo Comunal y/o comunidad.

Contenido:

  • ¿Que es el proyecto comunitario?
  • Tipos de proyectos a financiar.
  • Pasos para elaborar el proyecto comunitario.
  • Plan de inversión.
  • Requisitos para la aprobación del proyecto comunitario.
  • Consideraciones importantes durante la ejecución del proyecto comunitario.
  • Funciones que deben cumplir cada órgano del consejo comunal durante el proyecto.

PRESENTACIÓN DE LA UNIDAD

Esta unidad esta diseñada con el propósito de facilitar las herramientas metodológicas para la elaboración de los proyectos comunitarios a fin de que los ciudadanos (as) partiendo del diagnostico comunitario puedan materializar sus propuestas e ideas en proyectos.

Para lograr una buena comprensión de esta unidad, se sugiere realizar inicialmente una lectura general de la misma con el fin de obtener una visión global de los aspectos generales del proyecto comunitario. Extrayendo las ideas principales de la información que aquí se proporciona y la que ya fue adquirida en las unidades anteriores.

Se recomienda que los ciudadanos y ciudadanas verifiquen el logro de los objetivos específicos y del objetivo Terminal de esta unidad, realizando la autoevaluación que se presenta al final de la unidad.

Es importante recordar que el dominio del contenido de esta unidad, así como de las anteriores será de vital importancia para poder realizar un estudio fácil y ameno de las siguientes unidades de este manual.

PROYECTO COMUNITARIO

¿QUÉ ES EL PROYECTO COMUNITARIO?

Es un instrumento en el cuál se plantea la solución a un problema o la satisfacción a una necesidad colectiva; es decir, un plan de acción detallado para resolver un problema, o necesidades colectivas de la comunidad tomando en cuenta los principios de corresponsabilidad y cogestión comunitaria.

TIPOS DE PROYECTOS A FINANCIAR:

Proyectos Productivos:

Aquellos proyectos que articulan las actividades productivas que beneficien a la comunidad con los objetivos de desarrollo, Nacional, Regional y Local.

Proyectos de Infraestructura:

Aquellos proyectos que tengan como objeto el beneficio de sus comunidades en cuanto a la mejora de la calidad de vida, fortaleciendo el tejido social, ejemplo: casa comunal, hogar de cuidado diario, casa alimentaría, entre otras.

Proyectos Sociales:

Aquellos que brindan atención de manera prioritaria a las necesidades y demandas de los grupos más vulnerables de la comunidad.

PASOS PARA ELABORAR EL PROYECTO COMUNITARIO

La Ejecución de los Proyectos Comunitarios debe ajustarse a lo aprobado por la asamblea de ciudadanos y ciudadanas, planificado y presupuestariamente calculado. Debe plasmarse en el Formato «Proyectos Comunitarios», diseñado para tal fin el cual es avalado por MINPADES y cumple con los siguientes puntos: Identificación, Justificación, Objetivos, Beneficiarios y Plan de Inversión del Proyecto.

  1. Formato Nro. 5

  2. Identificación del Proyecto: Permite ubicar el proyecto en tiempo, espacio y responsable. Por lo que en el se debe indicar la fecha de elaboración, estado, municipio, parroquia, comunidad, el nombre del consejo comunal responsable del proyecto y los voceros responsables principal y suplente de la elaboración del mismo.
  3. Justificación: Se debe relatar los elementos que orientaron la idea, que origino el proyecto, la necesidad, quienes se beneficiaran de él y cualquier otra información referencial pertinente.
  4. Objetivo: Consiste en plasmar el Fin y/o propósito que aspira lograr la organización con el proyecto, así como el resultado final esperado con la ejecución en función de las relaciones de este con la necesidad planteada inicialmente. ¿QUÉ QUEREMOS LOGRAR?
  5. Beneficiarios del Proyecto: Debe especificarse de manera precisa cual es el grupo beneficiario directo e indirecto de la ejecución del proyecto, caracterizándolo geográficamente, por grupos de edad, por condiciones de salud, nivel de asistencia, condición ocupacional, situación de riesgo (físico, social, psicológico), etc.
  6. Plan de Inversión: Su finalidad es familiarizar con las actividades, cantidades y costo involucrados en el proyecto.

Formato Nro. 6

El incumplimiento de las metas previstas en el plan de inversión del proyecto Comunal será sancionado por la Contraloría Social. De acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República en su TÍTULO VIII Artículo 113 (DE LAS AVERIGUACIONES ADMINISTRATIVAS) Esto significa, que se podrá abrir una averiguación administrativa, a los responsables de la ejecución del proyecto del consejo comunal que no le den cumplimiento a lo establecido por loa asamblea de ciudadano (as).»

REQUISITOS PARA LA PRESENTACION DEL PROYECTO COMUNITARIO

  1. Acta de la asamblea constitutiva en la cual se conformo el Consejo Comunal.
  2. El acta donde se señala y prioriza el problema a resolver a través del proyecto comunitario, esta decisión es aprobada en asamblea de ciudadanos (as).
  3. Registro de la Unidad de Gestión Financiera (Registro Subalterno).
  4. Rif y Nit (SENIAT).
  5. Apertura de Cuenta bancaria (Banfoandes).
  6. Registro de la Cooperativa (SUNACOOP).

CONSIDERACIONES IMPORTANTES DURANTE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO COMUNITARIO

Al iniciar la ejecución del proyecto se debe llenar el «ACTA DE EJECUCIÓN«, para dejar constancia del INICIO del Proyecto (FORMATO MINPADES).

Formato Nro. 7

Simultáneamente a la ejecución del proyecto y tomando como referencia las Actividades señaladas en el Cronograma de Ejecución del Proyecto se debe llenar «La Planilla de Avance de Ejecución de Proyecto Comunitario«.

(FORMATO MINPADES).

Formato Nro. 8

Durante la ejecución del proyecto se deben registrar todos los gastos ocasionados, señalándolos en «El Formato de Relación de Gastos».(FORMATO MINPADES).

MEMORIA FOTOGRÁFICA

Ejemplo Memoria Fotográfica Nro. 9

Las facturas por la compra de materiales y pagos de servicios deben ser solicitadas a «Nombre de la Cooperativa y debe reflejar su Registro de Información Fiscal (RIF) y Número de Identificación (NIT)» responsable del proyecto, las mismas deben estar en formato autorizado por el Seniat.

Ejemplo Formato facturas Nro.10

Ejemplo del RIF-NIT Nro 11

Talonario de recibos, para dejar constancia por duplicado de los pagos efectuados. Es importante tener en archivo fotocopia de la cédula deidentidad del personal contratado para la ejecución del proyecto.

Ejemplo Formato de talonarios Nro. 12

FUNCIONES QUE DEBEN CUMPLIR CADA ÓRGANO DEL CONSEJO COMUNAL DURANTE EL PROYECTO

ÓRGANO EJECUTIVO

  • Participar conjuntamente con el Banco Comunal y la Contraloría social para la elaboración del proyecto y sugerir posibles reajustes al mismo.
  • Someter a consideración de la asamblea de ciudadanos (as) la aprobación o no de las propuestas y/o proyectos presentados por las distintas comisiones que conforman el Consejo Comunal.
  • Supervisar el adecuado control de las partidas presupuestarias asignadas en función de la forma en que se van comprometiendo los recursos de los proyectos.
  • Certifica la labor que realiza la Contraloría Social en función del seguimiento a la ejecución de los proyectos que se llevan a cabo en la comunidad.
  • Recibe y tramita la información del o los voceros responsables de la ejecución del proyecto sobre las necesidades de compra de materiales y equipos al Banco Comunal.
  • Comunica a los voceros responsables de la ejecución del proyecto, la autorización para retiro de materiales, equipos y herramientas.
  • Realizar una Rendición de Cuentas Consolidada a MINPADES y las autoridades e instituciones que así lo requieran.
  • Archiva resguarda todas las actas que se levanten en asambleas de ciudadanos y ciudadanas.

ÓRGANO ECONOMICO FINANCIERO:

  • Apertura Cuenta Bancaria para controlar los recursos del Proyecto.
  • Llevar control de las partidas presupuestarias de acuerdo al proyecto aprobado.
  • Transfiere los recursos económicos para la ejecución del proyecto de acuerdo con el cronograma de desembolsos elaborado por el o los voceros responsables del Proyecto.
  • Mantener los fondos del proyecto en una Cuenta bancaria aparte, la cual debe ser conciliada mensualmente.
  • Con base al proyecto y la información suministrada por el o los voceros del proyecto determina los volúmenes de compras de materiales y equipos requeridos.
  • Los pagos deberán efectuarse con la presentación de los soportes necesarios y previa conformación de la Contraloría Social el Vocero principal del órgano ejecutivo y del o los voceros responsables del proyecto.
  • Todos los desembolsos deben estar adecuadamente soportados y autorizados por el Consejo Comunal y la Contraloría social.
  • Archiva toda la documentación, para posterior revisión de la Contraloría Social o cualquier ciudadano y/o ciudadana que así lo solicite.
  • Selecciona los comercios más convenientes para realizar las compras de los materiales, equipos y herramientas que requiere el proyecto.
  • Controla los desembolsos con base a los compromisos adquiridos, para prever la culminación del Proyecto de acuerdo a los costos y tiempos establecidos.
  • Rinde cuenta ante el Fondo Nacional de los Consejos Comunales cuando este así lo requiera y ante las respectivas comisiones presidenciales del poder popular.

ÓRGANO DE CONTROL:

  • Certifica y resguarda la libreta o chequera donde serán depositados únicamente los recursos del Proyecto.
  • Inspecciona las construcciones o instalaciones de servicios que se estén ejecutando.
  • Evalúa el avance y progresos de las obras con la finalidad de que las mismas se ejecuten con calidad y en el tiempo previsto.
  • Vigila que los voceros responsables del proyecto realicen las obras de acuerdo con el proyecto presentado.
  • Efectúa inspecciones para verificar, lugar, materiales utilizados, características de las obras y avala las órdenes de pago.
  • Invalida y devuelve aquellas facturas de compra o servicios que presenten enmendaduras o tachaduras.
  • Certifica que las facturas del comercio o proveedor cumpla con los requisitos exigidos en la ley, tengan su fecha, sello del establecimiento comercial, sello de cancelado, RIF Y NIT y preimpreso. (Control del SENIAT).
  • Redacta informe sobre los resultados de la Inspección.
  • Recopila y procesa información semanal de avance de obras.
  • Lleva registros contables actualizados de todas las operaciones que se deriven del Proyecto, a los fines de asegurar el uso adecuado de los recursos.

¡Cuidado con la Burundanga!

AUTOEVALUACIÓN

Completa los siguientes enunciados con las palabras apropiadas según el sentido de la oración.

  1. Que es el Proyecto comunitario? un instrumento en el cual____________________ o la satisfacción de una necesidad sentida por _____________________; es decir, un plan detallado para que________________,_________________, situacional, corresponsable y cogestionaria de la comunidad._______________________;___________________ y __________________________.
  2. Cuales son los tipos de proyectos a financiar?:
  3. Aquellos proyectos que tengan como objeto el beneficio de sus comunidades en cuanto a la mejora de la calidad de vida, fortaleciendo el tejido social, ejemplo: casa comunal, hogar de cuidado diario, casa de alimentación entre otros se denominan: ______________________________.
  4. Proyectos________________ son aquellos que brindan atención de manera prioritaria a las necesidades y demandas de los grupos más vulnerables de la comunidad.
  5. Aquellos proyectos que articulan las actividades __________________ que beneficien a la comunidad con los objetivos de desarrollo, nacional, regional y local son_________________.
  6. Los pasos para elaborar el proyecto comunitario son:_________;__________;_______;__________;_________________________________________.
  7. El acta de la asamblea constitutiva en la cual se conformo el consejo comunal; el acta donde se aprueba la idea del proyecto comunitario (por la asamblea de ciudadanos (as)); el RIF y el NIT (Seniat); la apertura de la cuenta bancaria (Banfoandes); y el registro de la cooperativa (Sunacoop): Son los: __________________________________
  8. Al iniciar la ejecución de proyecto se debe llenar el _____________________ para dejar constancia del inicio del proyecto.
  9. Simultáneamente a la ejecución del proyecto y tomando como referencia las actividades señaladas en el cronograma de _______________________, se debe llenar la planilla de ____________________._______________________________________.
  10. El formato de relación de gastos es donde ______________
  11. Para qué debe realizarse la memoria fotográfica del proyecto ________________________________.
  12. Las facturas por la compra de materiales y pagos de servicios del proyecto deben ser solicitados a nombre de _______________________.
  13. El órgano _________________ participa conjuntamente con el Banco Comunal y la Contraloría social para la elaboración del proyecto y sugiere sobre posibles reajustes del mismo; Somete a consideración de la _____________________ la aprobación o no de las propuestas y/o proyectos presentados por las distintas comisiones que conforman el Consejo Comunal; Supervisa el adecuado control de las ___________________________ asignadas en función de la forma en que se van comprometiendo los recursos de los proyectos; Certifica la labor que realiza la_________________________ en función del seguimiento a la ejecución de los proyectos que se llevan a cabo en la comunidad; Recibe y tramita la información del o los voceros responsables de la ______________________________sobre las necesidades de compra de materiales y equipos al Banco Comunal; Realizar una __________________________ a todas las instituciones y autoridades que lo requieran.
  14. El que: Apertura Cuenta Bancaria para controlar los recursos del Proyecto; Lleva control de las partidas presupuestarias de acuerdo al proyecto aprobado; Transfiere los recursos económicos para la ejecución del proyecto de acuerdo con el cronograma de desembolsos elaborado por el o los voceros responsables del Proyecto; Mantener los fondos del proyecto en una Cuenta bancaria aparte, la cual debe ser conciliada mensualmente; Con base al proyecto y la información suministrada por el o los voceros del proyecto determina los volúmenes de compras de materiales y equipos requeridos; Realiza pagos a proveedores y personal que labora en la realización del proyecto. Los pagos deberán efectuarse contra presentación de los soportes necesarios y previa conformación de la Contraloría Social el Vocero principal del órgano ejecutivo y del o los voceros responsables del proyecto; Todos los desembolsos deben estar adecuadamente soportados y autorizados por el Consejo Comunal y la Contraloría social; Controla los desembolsos con base a los compromisos adquiridos, para prever la culminación del Proyecto de acuerdo a los costos y tiempos establecidos; Rinde cuenta ante el Fondo Nacional de los Consejos Comunales cuando este así lo requiera y ante las respectivas comisiones presidenciales del poder popular; Se refiere a ______________________________________.
  15. El órgano de control es el encargado de: ________________________________________

__________________________________.

UNIDAD V

BANCOS COMUNALES

Objetivo Terminal:

Brindar a los miembros de los Consejos Comunales la información necesaria para la conformación y puesta en marcha del Banco Comunal, como ente económico financiero.

Objetivos específicos:

  • Estudiar los aspectos relacionados con la conformación del Banco Comunal.
  • Aplicar un modelo de integración comunal al sistema de crédito popular.

Contenido:

  • ¿Qué es un Banco Comunal?
  • ¿Cómo está conformado el Banco Comunal?
  • ¿Quiénes son los encargados de facilitar los recursos suministrados por el Estado?
  • Sistema Microfinanciero.
  • Fondo Nacional de los Consejos Comunales art. 25.
  • Requisitos para ser un Banco Comunal.
  • Funciones del Banco Comunal.
  • Valores del Banco Comunal.
  • Manejo de los Recursos.
  • De la responsabilidad en la administración de los recursos.
  • Que debe motivar a los integrantes del Banco Comunal.
  • Que no debe motivar a los integrantes del Banco Comunal.

PRESENTACIÓN DE LA UNIDAD

La presente unidad muestra en forma resumida los conceptos claves y aspectos de los bancos comunales; cómo se conforman, cuales son susfunciones, qué es la mancomunidad, entre otros.

Para lograr una buena comprensión de esta unidad, se sugiere realizar inicialmente una lectura general de la misma con el fin de obtener una visión global de los aspectos generales del proyecto comunitario. Extrayendo las ideas principales de la información que aquí se proporciona y la que ya fue adquirida en las unidades anteriores.

Se recomienda que los ciudadanos y ciudadanas verifiquen el logro de los objetivos específicos y del objetivo Terminal de esta unidad, realizando la autoevaluación que se presenta al final de la unidad.

Es importante recordar que el dominio del contenido de esta unidad, así como de las anteriores será de vital importancia para poder realizar un estudio fácil y ameno de las siguientes unidades de este manual.

BANCOS COMUNALES

«Van a recibir aportes para que puedan dar créditos, pero son ustedes las que van a decidir a quién darles los créditos y las condiciones de los créditos, claro, en el marco de la ley ¿verdad? Y las que van a cobrar y a rendir cuentas, por esos recursos…

…Pero además los bancos comunales, que van a aparecer en la ley de los concejos comunales, yo he querido que tengan la potestad de recibir recursos, no para créditos, sino para llevar adelante, ejecutar los proyectos de la comunidad: que si el proyecto del agua, que si el proyecto de una vivienda, que si el proyecto de la energía eléctrica, etc.… proyectos de la comunidad proyectos sociales…»

¿QUÉ ES UN BANCO COMUNAL?

Es una organización de gestión económica financiera de los recursos retornables y no retornables otorgados al concejo comunal, mediante a cual el pueblo organizado puede financiar los proyectos socio-productivos, situaciones de emergencia y obras de carácter social, según la priorización de las necesidades identificadas por la asamblea de ciudadanos y ciudadanas.

El Banco Comunal pertenecerá a un Consejo Comunal o a una «Mancomunidad de Consejos Comunales» (ver Pág. 80), de acuerdo con el desarrollo de las mismas y a las necesidades por ellos establecidas. De acuerdo al art. 10 de la LCC la unidad de gestión financiera se denominará Banco Comunal. El Banco Comunal pertenecerá a un Consejo Comunal o a una Mancomunidad de Consejos Comunales, de acuerdo con el desarrollo de los mismos y a las necesidades por ellos establecidas.

¿CÓMO ESTÁ CONFORMADO UN BANCO COMUNAL?

Será integrado por 5 habitantes de la comunidad, mayores de edad que dispongan del tiempo para el trabajo comunitario, inscritos en el R.E.P, que no ocupen cargos de elección popular y elegidos en asambleas de ciudadanos y ciudadanas.

Serán socios y socias del Banco todos los ciudadanos y ciudadanas que habiten en el ámbito geográfico definido por la asamblea de ciudadanos y ciudadanas y que conforman el Consejo Comunal o la Mancomunidad de Consejos Comunales (art.10)

¿QUIENES SON LOS ENCARGADOS DE FACILITAR LOS RECURSOS SUMINISTRADOS POR EL ESTADO?

Los encargados son: FONDEMI, BANCO DE LA MUJER, BANCO DEL PUEBLO, INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES Y ORGANIZACIONES SOCIALES.

Esto conforme lo establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en sus art. 87, 112, 299 y 308. Quien demanda el derecho a una mejor calidad de vida de los ciudadanos y ciudadanas del Estado.

SISTEMA MICROFINANCIERO

INTEGRACIÓN POLÍTICA, ECONÓMICA Y SOCIAL

Fuente: FONDEMI fig. 13

VALORES DEL BANCO COMUNAL

Fig. 14

REQUISITOS PARA FORMAR BANCO COMUNAL

  • Llenar la planilla de solicitud.
  • Acta certificada de asamblea de ciudadanos y ciudadanas donde se nombre a los miembros del Banco Comunal.
  • Acta constitutiva de cooperativa de ahorro y crédito debidamente protocolizada ante la Oficina de Registro de su domicilio, apegada a las disposiciones legales establecidas en la Ley de los Consejos Comunales (Art. 10), Ley de Cooperativas y demás normativas aplicables; con sus modificaciones, si las hubiere.
  • Constancia de inscripción de SUNACOOP (Superintendencia Nacional de Cooperativas).
  • Registro de información fiscal (RIF) y número de identificación tributaria (NIT).
  • Copia de cedula de identidad de los miembros del Banco Comunal.
  • Haber asistido al «taller introductorio para los Bancos Comunales» de FONDEMI.
  • Constancia de asistencia al taller.
  • Registrarse ante la Comisión Nacional Presidencial del Poder Popular de los Consejos Comunales

FUNCIONES DEL BANCO COMUNAL (Art. 22 LCC)

  • Administrar los recursos asignados, generados o captados tanto financieros como no financieros.
  • Promover la constitución de cooperativas para la elaboración de proyectos de desarrollo endógeno, sostenibles y sustentables.
  • Impulsar el diagnóstico y el presupuesto participativo, sensible al género, jerarquizando las necesidades de la comunidad.
  • Promover formas alternativas de intercambio, que permitan fortalecer las economías locales.
  • Articularse con el resto de las organizaciones que conforman el sistema micro financiero de la economía popular.
  • Promover el desarrollo local, los núcleos de desarrollo endógeno y cualquier otra iniciativa que promueva la economía popular y solidaria.
  • Rendir cuenta pública anualmente o cuando lo sea requerido por la asamblea de ciudadanos y ciudadanas.
  • Prestar servicios no financieros en el área de su competencia.
  • Prestar asistencia social.
  • Realizar la intermediación financiera.
  • Rendir cuenta ante el Fondo Nacional de los Consejos Comunales anualmente o cuando este así lo requiera.
  • Promover formas económicas alternativas y solidarias, para el intercambio de bienes y servicios.

MANEJO DE LOS RECURSOS

El manejo de los recursos financieros, establecido en el art. 26 de la Ley de los Consejos Comunales, se orientará de acuerdo a las decisiones aprobadas en la asamblea de ciudadanos y ciudadanas. Tales decisiones serán recogidas en actas que deberán contener al menos la firma de la mayoría simple de las y los asistentes a la asamblea de ciudadanos y ciudadanas del Consejo Comunal.

DE LA RESPONSABILIDAD EN LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS

Quienes suministren los recursos, estarán obligados a llevar un registro de la administración, con los soportes que demuestren los ingresos y desembolsos efectuados y tenerlos a disposición de la unidad de contraloría social y demás miembros de la comunidad.

Los o las integrantes de órgano económico financiero, incurrirán en responsabilidad civil, penal o administrativa por los actos, hechos u omisiones contrarios a las disposiciones legales que regulen la materia. Los y las integrantes del órgano económico financiero, deberán presentar declaración jurada de patrimonio ante la Comisión Presidencial del Poder Popular (según el Art. 27 de la LCC).

QUÉ DEBE MOTIVAR A LOS INTEGRANTES DEL BANCO COMUNAL

  • Ser una organización destinada a la satisfacción de una necesidad colectiva.
  • Luchar contra la pobreza.
  • Desarrollar integralmente a sus comunidades.
  • Organizar a la comunidad.
  • Elevar el nivel de conciencia
  • Defender integralmente la patria.
  • Promover el bien común.

QUÉ NO DEBE MOTIVAR A LOS INTEGRANTES DEL BANCO COMUNAL

  • Interés individual de lucro.
  • Administrar la pobreza.
  • Promover el desarrollo de actividades aisladas de sus comunidades.
  • Indiferencia ante las necesidades de su entorno.
  • Limitarse a la intermediación financiera.

¿QUÉ ES LA MANCOMUNIDAD DE LOS CONSEJOS COMUNALES?

Es la unión de varios Consejos Comunales vecinos que identifican según el diagnostico participativo una necesidad en común y se unen con el objetivo de satisfacerla, a través del financiamiento por la vía del Banco Comunal de proyectos socio productivos, así como atender necesidades de tipo personal de carácter no productivo, de acuerdo a lo establecido en las políticas del FONDEMI.

¿PARA QUÉ MANCOMUNARSE?

Las comunidades se mancomunan para de forma conjunta, tributar en la consolidación del poder popular y lograr el desarrollo integral de las comunidades, generando redes y cadenas productivas, rumbo a la construcción del nuevo modelo democrático, bajo el principio de la participación protagónica del pueblo, y del nuevo modelo económico, hacia la transformación de las relaciones sociales de producción.

¿POR QUÉ MANCOMUNARSE?

  • Beneficio a un mayor número de habitantes de las comunidades.
  • Atención a necesidades comunes identificadas por los Consejos Comunales.
  • Propicia el intercambio de saberes entre las comunidades.
  • Fortalecimiento de los principios y valores que sustentan la Revolución Bolivariana, generando la elevación de la conciencia del pueblo organizado.

¿CÓMO MANCOMUNARSE?

  • Identificar la necesidad común de cada comunidad en asamblea de ciudadanos y ciudadanas.
  • Se levanta el Acta donde se manifiesta la voluntad expresa de mancomunarse, por parte de los habitantes de la comunidad en la asamblea de ciudadanos y ciudadanas.
  • Designación de los miembros para la mancomunidad en cada consejo comunal.
  • Realización de asamblea general con los Consejos Comunales a mancomunarse para la ratificación de la voluntad.
  • Conformación de la cooperativa de ahorro y crédito que será el Banco Comunal.
  • Asistencia a la escuela de formación del FONDEMI.

AUTOEVALUACIÓN

Lea cuidadosamente las siguientes oraciones y determine su veracidad marcando con una (X) la respuesta correcta.

  1. El Banco Comunal es una organización de gestión económica-financiera de los recursos retornables y no retornables otorgados al Consejo Comunal, mediante la cual el pueblo organizado puede financiar los proyectos socio-productivos, situaciones de emergencia de sus vecinos y otros de carácter social, según la priorización de las necesidades identificadas por la asamblea de ciudadanos (as). (V)_____; (F)_____.
  2. El Banco Comunal pertenecerá obligatoriamente a la mancomunidad de Consejos Comunales. (V)____; (F)_____.
  3. El Banco Comunal está integrado por diez (10) representantes de las instituciones del Estado. (V)____; (F)_____.
  4. Los ciudadanos (as) integrantes del Banco Comunal tienen que ser mayores de edad, estar inscritos en el Registro Electoral Permanente (REP), que no ocupen cargos de elección popular y elegidos por la asamblea de ciudadanos (as). (V)____; (F)_____.
  5. Los socios y socias del banco son únicamente los que integran el Banco Comunal.
  6. Los valores del los integrantes del Banco Comunal son: honestidadigualdadhumanismo, participación popular, equidad, entre otros.(V)____; (F)_____.
  7. Los requisitos para ser Banco Comunal es ser venezolano, tener solvencia moral y tener un monto mínimo de 250.000.000,00 para poder realizar intermediación financiera. (V)____; (F)_____.
  8. Algunas de las funciones del Banco Comunal son: prestar asistencia social; realizar intermediación financiera; rendir cuentas ante el Fondo Nacional de los Consejos Comunales anualmente o cuando este así lo requiera; promover formas económicas alternativas y solidarias para el intercambio de bienes y servicios. (V)____; (F)_____.
  9. El manejo de los recursos se hacen de acuerdo a las decisiones tomadas por los miembros del Banco Comunal (V)____; (F)_____.
  10. Quienes administran los recursos, estarán obligados a llevar un registro de la administración, con los soportes que demuestran los ingresos y desembolsos efectuados y tenerlos a disposición de la unidad de contraloría social y demás miembros de la comunidad. (V)____;(F)_____.
  11. Lo que debe motivar a los integrantes del Banco Comunal es el interés individual de lucre. (V)____; (F)____.
  12. Los Consejos Comunales que no sean vecinos podrán mancomunarse. (V)___; (F)___
  13. Se pueden mancomunar solamente tres (3) Consejos Comunales. (V)____; (F)_____.
  14. El Consejo Comunal no puede pertenecer a varias mancomunidades. (V)____; (F)___.
  15. Los Consejos Comunales pueden mancomunarse para recibir recursos no retornables. (V)____; (F)_____.

CLAVE DE RESPUESTAS

Preguntas Nro.

Repuestas

Comentarios

1

V

2

F

El banco comunal pertenecerá a un Consejo Comunal o a una mancomunidad de Consejos Comunales, de acuerdo con el desarrollo de los mismos y a las necesidades por ellos establecidos.

3

F

Está integrado por cinco (5) habitantes de la comunidad.

4

V

5

F

Son socios y socias del banco comunal todos los ciudadanos (as) que habitan en el ámbito geográfico definido por la asamblea de ciudadanos (as) y que conforman el Consejo Comunal o la mancomunidad de Consejos Comunales.

6

V

7

F

Entre los requisitos para ser banco comunal están: Llenar la planilla de solicitud; acta certificada de la asamblea de ciudadanos (as) donde se nombran los miembros del banco comunal; acta constitutiva de la cooperativa ante el registro subalterno de su domicilio; Constancia del inscripción en la Sunacoop; Registro del Rif y Nit; entre otros (ver unidad V)

8

V

9

F

Se hará de acuerdo a las decisiones aprobadas en asamblea de ciudadanos (as), dichas decisiones serán recogidos en actas que deberán contener al menos la firma de la mayoría simple de las y los asistentes a la asamblea de ciudadanos (as) del Consejo Comunal.

10

V

11

F

Lo tiene que motivar es la organización para satisfacer necesidades colectivas y poder luchar contra la pobreza.

12

F

No pueden mancomunarse tienen que ser vecinos y tener necesidades en común.

13

F

No existe un número en especifico dependerá de las necesidades comunes determinadas en asamblea de ciudadanos (as).

14

V

15

V

http://www.monografias.com/trabajos46/consejo-comunal-venezuela/consejo-comunal-venezuela3.shtml