¿Qué deben hacer los padres que no hicieron la presentación de sus hijos dentro de los 90 días que establece la ley?
Deberán acudir al Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y solicitar un informe de las razones que impidieron el oportuno registro, el cual deberá llevar a la Oficina o Unidad de Registro Civil con los demás requisitos exigidos para la inscripción de nacimientos.