El pasado 25 de noviembre 2014, entró en vigencia a nivel nacional la providencia administrativa Nº 40547, la cual establece la implementación del «Precio de Venta Justo» (PV-Justo) como etiqueta o impreso para reflejar el valor monetario de los productos, bienes y servicios que se comercializan en el mercado nacional y que deberá ser establecido y marcado en todo en el territorio nacional.
Así se dio a conocer este miércoles con la publicación en Gaceta Oficial de la mencionada providencia la cual señala que desde el 25 de noviembre el marcaje del «PV-Justo» debe incorporar los siguientes elementos de manera clara:
-Las siglas «PVJusto»:
- -El monto del Precio de Venta Justo
- -Las siglas IVA (en los casos de bienes o servicios gravados con el Impuesto al Valor Agregado)
- -El monto a pagar (que será el resultado de la suma del IVA y el PV-Justo).
- -Además, debe incluir la fecha del marcaje (en formato mes y año en número).
- El tipo de marcaje debe ser impreso o con etiqueta autoadhesiva en el cuerpo del bien, con un tamaño no menor a 5 milímetros.
En el caso de que los bienes cuya naturaleza no permita impresión deben ser señalado a través de listas, anuncios, habladores y similares que permitan la fácil identificación del precio con el producto.
Por otra parte se informó que los productores tienen un plazo de 30 días continuos para adecuarse a la norma.
Por su parte los importadores cuentan 45 días.
La providencia administrativa establece que en ningún caso se podrá marcar más de un precio en un mismo bien o servicio, removerse las etiquetas, tachar o enmendar el precio indicado originalmente, ni fijar en listas montos superiores a los marcados.
Con información de AVN