CARACAS.– A partir del 7 de mayo de 2015, toda empresa, debe inscribirse en el Registro Nacional de Entidades de Trabajo (RNET).
Puede consultar la Gaceta Oficial N° 40.655 del 07 de Mayo del 2.015, que establece su regulación.
El RNET es una plataforma tecnológica del Ministerio del Trabajo, que reunirá toda la información de las empresas venezolanas, respecto a las instituciones que regulan el sistema de seguridad social y la materia laboral en el país (IVSS, BANVIH, INCES, INPSASEL, MIPPPST).
ES OBLIGATORIO
El RNET tendrá carácter obligatorio, público y único, concentrando de forma unificada toda la información de las entidades de trabajo del país.
REQUISITOS
Para la inscripción en el RNET, las entidades de trabajo deberán contar con la inscripción previa en las instituciones que regulan el Sistema de Seguridad Social tales como: el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), Banco Nacional de la Vivienda y Hábitat y el Instituto de Capacitación y Educación Socialista (INCES), igualmente deberán suministrar toda la información que les sea requerida en materia laboral y datos generales.
DONDE INSCRIBIRSE
Para la inscripción, las entidades de trabajo deberán llenar una planilla electrónica a través del sistema automatizado disponible en la página web del Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social del Trabajo, a través de este enlace web: www.mpppst.gob.ve
Número de Identificación Laboral (NIL)
Cuando la empresa se haya registrado, el sistema emitirá el “Certificado de Número de Identificación Laboral” (NIL).
Declaración Trimestral.
Dentro de los quince (15) días siguientes a la culminación de cada trimestre, las entidades de trabajo deberán declarar a través del sistema automatizado del RNET la información relativa al cumplimiento de la normativa vigente.
Solvencia Laboral
El “Certificado Electrónico de Solvencia Laboral” será emitido a través del sistema automatizado, una vez se realicé la solicitud se verificará el cumplimiento de las obligaciones relativas a la seguridad social, la materia laboral y las condiciones de trabajo, salud y seguridad.
Si la verificación confirma el cumplimiento de la entidad de trabajo,se emitirá el certificado de solvencia, de no estar en cumplimiento con las normativas correspondientes, la empresa se considerará insolvente.
El Status de Solvencia e Insolvencia tendrá carácter público, de manera que las instituciones, órganos e instituciones del Estado, así como también las instituciones financieras del sector público, podrán verificar el status de las entidades de trabajo.
Plazos para el registro.
Las empresas tienen hasta 90 días hábiles,contados a partir de la publicación de la Gaceta Oficial (7 mayo 2015), para inscribirse en el RNETLa.
Los Trabajadores y las Trabajadoras, están obligadas a realizar su inscripción dentro de los ciento 120 días hábiles siguientes a la publicación de la Resolución.