Los bancos deben garantizar «con recursos propios» la cartera de créditos, la cual será manejada en buena parte por el estatal Órgano Superior del Sistema Nacional de Vivienda.
La cartera deberá estar repartida de la siguiente manera:
-65% para créditos hipotecarios dirigidos a la construcción de vivienda principal.
-33% para créditos dirigidos a la adquisición de vivienda principal.
-2% para créditos dirigidos a la autoconstrucción de vivienda principal.
Gobierno manejará la cartera. Del monto total de la cartera bruta de créditos del sector bancario, la resolución establece que el Órgano Superior del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat lo manejará en un 66%.
En tanto, el 34% restante será manejado bajo unos parámetros que especifican viviendas con un área neta máxima de hasta 80 metros cuadrados de superficie.
Créditos según ubicación. Los montos de los préstamos hipotecarios fueron elevados en esta resolución, que además los fija de acuerdo a la ubicación de la vivienda.
Los parámetros a regir a los municipios Libertador, Chacao , El Hatillo y Baruta de Caracas son los siguientes:
– Viviendas unifamiliares, con un valor de venta final de hasta Bs. 13.472,00 por metro cuadrado, incluyendo terreno, urbanismo, áreas comunes y equipamiento básico.
– Viviendas tetrafamiliares, con un valor de venta final de hasta Bs. 10.643,00 por metro cuadrado, incluyendo terreno, urbanismo, áreas comúnes y equipamiento básico.
-Viviendas multifamiliares entre tres y cinco pisos, con un valor de venta final de hasta Bs. 14.014,00 por metro cuadrado, incluyendo terreno, urbanismo, áreas comunes y equipamiento básico.
-Viviendas multifamiliares con seis ó más pisos, con un valor de venta final de hasta Bs. 22.159,00 por metro cuadrado, incluyendo terreno, urbanismo áreas comunes y equipamiento básico.
– Viviendas unifamiliares, con un valor de venta final de hasta Bs. 8.490,00 por metro cuadrado, incluyendo terreno, urbanismo, áreas comunes y equipamiento básico.
– Viviendas tetrafamiliares, con un valor de venta final de hasta Bs. 9.237,00 por metro cuadrado, incluyendo terreno, urbanismo, áreas comúnes y equipamiento básico.
-Viviendas multifamiliares entre tres y cinco pisos, con un valor de venta final de hasta Bs. 11.038,00 por metro cuadrado,incluyendo terreno, urbanismo, áreas comunes y equipamiento básico.
-Viviendas multifamiliares con seis ó más pisos, con un valor de venta final de hasta Bs. 14.304,00 por metro cuadrado, incluyendo terreno, urbanismo áreas comunes y equipamiento básico.
Créditos según ingresos de familias. Para créditos destinados a la compra de vivienda principal, se tomarán en cuenta los ingresos mensuales de los grupos familiares.
Estas normas son:
-Si las familias obtienen ingresos mensuales de uno a seis salarios mínimos mensuales, la banca tiene que dirigir el 60% lo contemplado en la cartera para la adquisición de vivienda.
-Si las familiares ganan entre seis a 15 salarios mínimos mensuales, la banca tiene que dirigir el 40% de la cartera para adquirir viviendas.
-Los créditos dirigidos a la autoconstrucción serán destinados a familias que obtengan de uno a ochos salarios mínimos mensuales.
Ministerio de Vivienda definirá créditos a la clase media. La Gaceta Oficial también establece que el Ministerio de Vivienda será el que «seleccionará y certificará los proyectos habitacionales que las instituciones del sector bancario deben financiar directamente con la fuente de recurso prevista en la presente normativa».
Esos recursos será destinados para la construcción de viviendas del plan 0800-MIHOGAR, creado por el Gobierno para la clase media.
En caso de los complejos intervenidos por el ministerio de Vivienda, se podrán establecer condiciones distintas de financiamiento, añade la resolución.
El Banco Nacional de Vivienda y Hábitat medirá el cumplimiento de la cartera de crédito, agrega la Gaceta.
La resolución, además, advierte a los bancos que por su naturaleza no contemplen créditos hipotecarios «convenir con otra institución financiera» el otorgamiento de esos préstamos.
6 meses para ajustar la resolución. La resolución, suscrita por el ministro de Vivienda, Ricardo Molina, establece seis meses de plazo modificar los parámetros establecidos al sector bancario.
El plazo es contado a partir de la publicación de esta resolución en Gaceta Oficial.
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