El Gobierno publicó este miércoles en la Gaceta Oficial N° 40.396 una resolución con la «Lista Básica Nacional de Medicamentos Esenciales» en la que se establecen los productos que podrán ser vendidos en los establecimientos de salud del Estado y que formen parte del Sistema Público Nacional de Salud.El texto señala que cualquier adquisición por parte de estos establecimientos de medicamentos de productos que no estén en la lista «deberá solicitarse por escrito al Despacho de la Viceministra o Viceministro de Hospitales, anexando una justificación de la compra».
La resolución entra en vigencia a partir de este 22 de abril de 2014.
Algunos de los medicamentos que podrán ser vendidos en las farmacias del Estado: Omeprazol, Sucrafalto, Ranitidina, Atropina, Metoclopramida, Glicerol, Insulina de acción rápida e intermedia, Melformina,
Vitamina C, Glucosa, Sulfato de Magnesio, Soluciones para diálisis peritoneal, hemodiálisis, Amiodarona, Bisoprolol, Dopamina, Lidocaína, Etanol, Peróxido de Benzoilo, Hidrocortizona, Pradnisolona, Doxicidina y Gentamicina, entre otras. Ultimas Noticias