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Si no te gusta tu nombre, así puedes cambiarlo

18 junio, 2014

 ¿Qué debe hacer una persona que desee cambiar su nombre propio? 

La persona interesada debe solicitar por escrito el cambio de nombre ante la Oficina o Unidad de Registro Civil, quien lo tramitará conforme al procedimiento administrativo de rectificación de actas.

La solicitud deberá contener: La identificación de la persona y del acta que se pretende rectificar por cambio de nombre, la explicación de las razones por las que solicita el cambio de nombre, la dirección donde deberá efectuarse la notificación de la decisión y la firma del solicitante.

La decisión sobre el cambio de nombre, se realizará en un lapso de 8 días hábiles.

Para solicitar el inicio de este procedimiento no se requiere estar asistido por Abogado o Abogada.