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Conozca todos los detalles de la póliza única de salud, cuya cobertura va desde 20 a 150 mil

19 junio, 2014

Ya entró en vigencia la póliza única de salud individual, la cual fue publicada en Gaceta Oficial N° 40.316, para regular las tarifas que tendrán que cobrar las compañías de seguros, por las pólizas básicas (hospitalización y cirugías).
La Sudeseg organizó tabuladores en las cuales se establecen 27 opciones para los montos de las primas los cuales van desde Bs 20 mil hasta Bs 150 mil. Igualmente plantean 30 opciones de deducibles que varían entre 50 y 30 mil bolívares.
La suma asegurada y el deducible se aplican por cada asegurado por enfermedad o accidente, en cada vigencia del contrato.
La póliza cubre el 100% de los gastos que se ocasionen, sujeto al costo razonable, deducible y suma asegurada contratada.
El pasado 16 de diciembre de 2013, la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeseg), publicó esta providencia con los términos de los seguros de hospitalización, cirugía y maternidad, en ella se dio un plazo de seis meses a las empresas para regularizar los contratos, refirió información de la página web del organismo.

Prima de Maternidad

La providencia establece que la cobertura de la prima de maternidad se ampara de manera opcional.
El monto oscila entre Bs 15 mil y Bs 60 mil. Es asegurable toda persona del sexo femenino hasta 50 años de edad.
Abarca parto normal, con fórceps, prematuro, cesárea, aborto espontáneo, aborto terapéutico y legrado uterino por aborto, incluyendo los gastos por equipos e instrumentos necesarios para dichos eventos, así como los originados por el niño sano al nacer.
Adicionalmente, engloba los gastos de hasta 9 consultas pre y post natal, con los exámenes de laboratorio que se requieran, un eco tridimensional, un examen de amniocentesis, hasta cuatro ecosonogramas y una pelvimetría.
Los hijos del asegurado que nazcan durante la vigencia de la Póliza tendrán, durante los primeros 30 días continuos de vida, la misma cobertura básica de la madre para el momento del nacimiento.
Para que los hijos puedan continuar con la cobertura, sin aplicación de plazos de espera ni exclusiones temporales; deberá solicitarse su inclusión en la póliza en el referido lapso.

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Quienes se aseguran

> El cónyuge del Asegurado
> Los hijos menores de veinticinco (25) años de edad del Asegurado Titular o de su cónyuge
> Los padres del Asegurado Titular o de su cónyuge
> Familiares del Asegurado Titular, dependientes económicamente de éste.
> Los trabajadores que presten servicios en el hogar del Asegurado Titular
> Los asegurados con ochenta (80 ) o más años de edad con pólizas ininterrumpidas de 25 años.

Gusig Fabiana Aguilar / Ciudad CCS